los OCURRENCIA (Ley de Educación para Individuos con Discapacidades) existe para dar a los estudiantes con discapacidades acceso a una educación pública gratuita y apropiada. La ley federal incluye derechos legales (referidos como "salvaguardas") que las familias deben comprender cuando se aplican a la educación de sus hijos. Estos son algunos de los derechos específicos que tienen los padres bajo esta ley federal, organizados en cuatro categorías principales:
Participación
Bajo IDEA, los padres tienen derecho a participar plenamente en todas las decisiones sobre el programa educativo de su hijo. Por supuesto, es prudente considerar los aportes de todos los profesionales de la escuela. Sin embargo, todas las decisiones sobre la educación de un niño deben ser firmadas por los padres. Esto incluye cada paso desde la evaluación hasta el diagnóstico y la ubicación del niño en un entorno educativo. Los maestros y otros profesionales de la escuela, por supuesto, darán sus recomendaciones, pero los padres tienen la última palabra.
Información
Los padres tienen derecho a acceder a todos los registros de sus hijos en cualquier momento. También pueden solicitar que se hagan las correcciones necesarias para que toda la información archivada en la escuela sea precisa y completa. Cualquier información que deba actualizarse, o que el padre considere que es engañosa de alguna manera, debe ser actualizada por la escuela en un período de tiempo razonable.
Confidencialidad
En la mayoría de los casos, los padres tienen derecho a elegir quién tiene acceso a los registros educativos de sus hijos. Las escuelas no pueden divulgar información sobre un niño en particular sin el consentimiento de los padres, con algunas excepciones. Esta información incluye información personal, como su nombre y dirección, así como información académica y médica, como el diagnóstico de discapacidad. Los padres también tienen derecho a saber cómo la escuela de su hijo comparte, almacena y desecha los registros de los estudiantes. Las políticas específicas con respecto al manejo de registros varían de un estado a otro.
Consentir
Como se indicó anteriormente, el padre debe dar su consentimiento para que la escuela establezca cualquier apoyo formal. Esto incluye grandes cambios como la ubicación del niño en el salón de clases, así como pequeños cambios, como escribir "asiento preferencial" en su IEP. ¡Nada puede implementarse formalmente sin el permiso de los padres!
Derechos de la escuela a tener en cuenta
Mientras que la ley bajo IDEA legítimamente les da a los padres mucho control sobre la educación de sus hijos, la escuela también tiene algunos derechos a tener en cuenta.
Las escuelas pueden realizar reuniones del IEP sin la presencia de los padres si se ha hecho un esfuerzo significativo para comunicarse con los padres y no ha habido respuesta.
El consentimiento de los padres solo se refiere a las decisiones formales que afectan la instrucción y/o el entorno del niño. Los maestros pueden (¡y deberían!) implementar estrategias para su hijo de manera más informal, de las cuales usted puede o no estar al tanto. Estas son partes regulares de la agenda de instrucción de un maestro y generalmente no requieren la participación de los padres.
En casos muy extremos, cuando la seguridad o la salud del niño o de otra persona está en peligro, las escuelas tienen derecho a divulgar información a profesionales médicos en caso de que no se pueda localizar a los padres.
Si tiene alguna inquietud sobre los apoyos o servicios que su hijo recibe en la escuela, hable con un maestro. ¡Una relación positiva y comunicativa entre padres y maestros es uno de los pilares más importantes para el éxito de un estudiante!